CABA.- Zonas frías: Se reglamentó la Ley que indica cómo y cuándo se aplicará el descuento en las factura de gas. Mientras tanto, las distribuidoras del servicio público de gas comenzaron a recibir las notificaciones para instrumentar medidas de difusión en los beneficios de la Ampliación del Régimen Zona Fría. El impacto de los descuentos en las facturas de gas por la aplicación efectiva de la ampliación del Régimen de Zonas Frías, del 30% al 50%, empezará a percibirse a partir de fines de Agosto de forma moderada, para ir creciendo con las facturas de Septiembre y Octubre. De esta manera, la cobertura de los consumos de los meses de Julio, Agosto y Septiembre, registrarán un variado impacto del beneficio de acuerdo con los cierres de lectura de cada prestadora, informó el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas). Mientras tanto, las distribuidoras del servicio público de gas comenzaron a recibir las notificaciones para instrumentar medidas de difusión en los beneficios de la Ampliación del Régimen Zona Fría fijada por la ley 27.637. El interventor del Enargas, Federico Bernal, explicó que el impacto de los descuentos en las facturas «empezará a percibirse -reglamentación de la Ley mediante- a partir de fines de Agosto de forma moderada, para ir creciendo con las facturas de Septiembre y Octubre».