QUEDÒ REGLAMENTADA LA NUEVA LEY DE MORATORIA PREVISIONAL. YA SE PUEDEN PEDIR LOS TURNOS EN ANSÈS

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LOS JUBILADOS OPINAN SOBRE LA SITUACION ACTUAL DEL PAMI,9/2/99

Caba.- Reglamentan la moratoria previsional: cuáles son las condiciones para acceder a la jubilación y cómo realizar el trámite. La Ley Nº 27.705 fue aprobada el 28 de febrero pasado por la Cámara de Diputados y se estima que 800 mil personas que tienen la edad pero no los 30 años de aportes podrán acceder a una jubilación.    La normativa fue dispuesta mediante el Decreto 173/2023, publicado en el Boletín Oficial y según informó hoy la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), ya se encuentran habilitados los turnos para realizar el trámite en las oficinas del organismo a través de su sitio web.
En base a lo que establece la reglamentación publicada hoy, la Anses será la encargada de establecer los parámetros para el acceso a la moratoria, tomando en cuenta tanto la cantidad de meses necesarios como los aspectos patrimoniales y socioeconómicos del solicitante y para ello tomará sus bases de datos con las suministradas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y otros organismos.
El valor de las cuotas, es decir, de cada mes de aporte que se quiera saldar, será equivalente al 29% de la base mínima imponible de la remuneración, que podrán cancelarse en un máximo de 120 cuotas mensuales.                                                          La base mínima actual es de $ 19.758,21, por lo que las cuotas mínimas rondarán los $ 5.729,88 mensuales.
A su vez, las cuotas no podrán ser superiores al 30% de la jubilación mínima (de $58.665 actualmente), por lo que no excederán los $ 17.599.
El valor de las cuotas dependerá de la cantidad de años de aportes que falten acreditar y se actualizará según los aumentos trimestrales previstos por la Ley de Movilidad. Las mismas serán descontadas por Anses de manera directa del haber jubilatorio.