LA CÀMARA FEDERAL LE ORDENÒ A PETTOVELLO QUE REPARTA LOS ALIMENTOS.

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Caba.- Alimentos retenidos: la Cámara Federal confirmó la cautelar de Casanello que ordenó informar el stock en depósitos. La decisión fue tomada por los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico. Cada uno en su voto llegó a la misma conclusión: no solo respaldaron a Casanello sino que convalidaron su actuación en el marco de una cautelar que el Gobierno no podía desoir.                                                  La Cámara Federal porteña confirmó de manera unánime la cautelar ordenada por el Juez federal Sebastián Casanello, quien impuso al Ministerio de Capital Humano informar el stock de alimentos que tienen almacenados en los depósitos de Villa Martelli y Tafí Viejo y el cronograma de entrega.                                                                                     La decisión fue tomada por los Jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico, que expresaron en su dictamen:                                                                                        “Gianni le había dicho a los magistrados que no iban a permitir que ningún Juez militante le dijera al Gobierno de Javier Milei como manejar la política alimentaria”.
“Corresponda recordar a la parte apelante, representada por la Ministra de Capital Humano, que la materia en examen es parte del universo que se nos ha encomendado a los jueces conocer; que en nuestra intervención se debate la primacía de la Ley Fundamental y la protección de los derechos básicos de todos los ciudadanos y que son esas directrices las que en el caso se han expresado, confiriendo legalidad y legitimidad a nuestra resolución», señaló el Juez Farah” y agregó, «por lo que, en aras de que las instituciones funcionen y se respeten, es que la Sra. Ministra de Capital Humano deberá ajustar su proceder al debido acatamiento de la orden judicial que aquí se confirma.                                                                     De no hacerlo de ese modo en el plazo de 24 horas de notificada de este pronunciamiento, su conducta configurará el delito de desobediencia a una orden judicial (art. 239 del Código Penal), más allá de comunicar, a la ciudadanía, la traición a los postulados del sistema republicano”.