CABA.- Por decreto del PEN el Gobierno introdujo cambios en el sistema de elección de las obras sociales de los trabajadores.
El Gobierno nacional dispuso este miércoles modificaciones en el sistema de libre elección de las obras sociales de los trabajadores entre las cuales, quienes inicien un vínculo laboral «deberán mantener durante al menos un año la prestadora médica de su actividad antes de disponer de la opción de cambio».
De esta forma, el artículo 4° del Decreto 438/2021 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, sustituye al Decreto N° 1400/01 que permitía que la opción se ejerza desde el momento mismo del inicio de la relación laboral.
En el decreto se indica que los trabajadores que inicien una relación laboral «deberán permanecer un año en la obra social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio».
El decreto indica también que «la opción de cambio podrá ejercerse solo una vez al año y se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud».