Caba.- Jubilación por hijo y tareas de cuidado de ANSES: cómo es el trámite y cuáles son los requisitos. Desde la Anses precisaron cuáles son los requisitos que deben cumplir y las tramitaciones que deberán realizar aquellas personas que quieran acceder al Programa de Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado. A través del decreto 475 que el pasado 19 de Julio, el Gobierno nacional oficializó el Programa de Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado, que permitirá a las mujeres y/o personas gestantes obtener el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU), que consistirá en la acreditación de un año de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida, que se podrá extender hasta dos años en determinados casos, como niños adoptados o hijos con discapacidad.
Es así que este jueves la ANSES, a través de la Resolución 154/2021, fijó nuevas disposiciones complementarias y aclaratorias del Decreto 475 a los fines de «un mejor entendimiento para su cumplimiento y aplicación» «con el objeto de computar los años de servicios, se tendrá en cuenta cada hijo y/o hija cuyo nacimiento y discapacidad, de corresponder, se encuentre registrado en las bases de la Anses y vinculado a la persona que solicita el beneficio, en virtud de la documentación que el Organismo disponga a tales efectos». «En caso que dicha información no surja de los registros obrantes en la Anses, la persona solicitante deberá presentar la prueba documental pertinente para la acreditación del hijo y/o de la hija», remarca la resolución.