Córdoba.- Primer fallo contra la reforma laboral: un juez declaró inconstitucional un artículo que limita las indemnizaciones. El fallo alcanza al artículo 55, que regula la forma en que deben actualizarse los créditos laborales en juicios que ya estaban en trámite cuando entró en vigencia la nueva normativa. Al respecto, el juez Ricardo Gileta resolvió que queda “desechada la validez de constitucional del artículo 55” en su sentencia con fecha del 10 de Marzo, pero que se conoció este jueves. El magistrado sostuvo que el capital original deberá recalcularse según lo previsto por el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo, modificado por la reforma laboral, esquema que implica que el monto se ajuste de acuerdo con la evolución del IPC, sumando además un 3% mensual desde el momento en que se produjo la mora hasta que se concrete el pago. El magistrado explicó que el artículo 55 de la «Ley de Modernización Laboral» introduce un criterio distinto para las causas que ya estaban en trámite antes de la sanción de la norma.



