REVÈS PARA EL GOBIERNO: LA CORTE SUSPENDIÒ EL TARIFAZO DE GAS PARA USUARIOS RESIDENCIALES.

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Buenos Aires.- Con fallo unánime el alto tribunal le exigió al Gobierno hacer audiencias públicas por las suba en la tarifas del gas. A través de un comunicado se conoció que la Corte Suprema suspendió el aumento del gas para usuarios residenciales. En este marco se estableció que la audiencia pùblica es inexorable para determinar el precio del transporte y distribución. Además se estableció “la necesidad de dar cobertura al cargo de Defensor del Pueblo de la Nación”.

También se determinó que las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes anteriores por lo que se ratificó el fallo de la Cámara Federal de La Plata, que había declarado nulas las resoluciones 28 y 31/2016 del Ministerio de Energía.

Ayer, la jefa de los fiscales, Alejandra Gils Carbó, presentó un dictamen no vinculante que planteó la necesidad de realizar audiencias públicas antes de la implementación de las subas.
La Corte consideró que dicha situación imponía al Estado una especial prudencia y rigor a la hora de la determinación de las tarifas y de su transparencia.

Sostuvo que el Estado debe velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos, ponderando la realidad económico-social concreta de los afectados por la decisión tarifaria con especial atención a los sectores más vulnerables, y evitando, de esta forma, una verdadera conmoción social provocada por la exclusión de numerosos usuarios

Resolvió aplicar esta decisión a los usuarios residenciales de gas que constituyen un colectivo uniforme que cuestiona las resoluciones señaladas y que no podría demandar individualmente en razón de los costos que tal litigio implicaría para cada uno de ellos.

Respecto de la vigencia de la tarifa social para proteger a los sectores más vulnerables de la sociedad, el voto puso de manifiesto que la aplicación del más elemental sentido de justicia implica que la tarifa final que se aplique a esos sectores como consecuencia de este fallo nunca podría implicar el pago de una suma mayor a lo que hubiesen debido pagar por aplicación de la tarifa social correspondiente al cuadro tarifario discutido en la causa.

En conclusión, las decisiones adoptadas por el Poder Ejecutivo violentan el derecho a la participación de los usuarios, bajo la forma de audiencia pública previa, en el proceso de revisión de tarifas.